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Modelo 303: cómo se calcula y se presenta el IVA trimestral

El modelo 303 es la declaración del IVA: cada trimestre calculas cuánto IVA has cobrado a tus clientes, cuánto has pagado en tus compras y gastos, y ingresas la diferencia a Hacienda. Esta guía explica cómo sale el resultado y cómo se presenta.

Revisada el por el equipo de gestores de LeeFactura

Qué es y quién lo presenta

El modelo 303 es la autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Lo presentan los empresarios y profesionales que realizan operaciones sujetas a IVA: autónomos, sociedades y otras entidades.

La obligación de presentar las declaraciones periódicas existe aunque no haya cuotas que declarar (art. 71 del Reglamento del IVA). Algunos contribuyentes no están obligados, según su actividad y su régimen: si tienes dudas sobre tu caso, consúltalo con tu gestor.

Cómo se calcula

  • IVA repercutido (devengado): el IVA de las facturas que has emitido en el trimestre, incluidos los tickets de caja.
  • IVA soportado (deducible): el IVA de las facturas de tus compras y gastos del trimestre que cumplen los requisitos para deducirlo.
  • Resultado: IVA repercutido menos IVA soportado deducible.

Si el repercutido es mayor, sale a ingresar. Si el soportado es mayor, sale a tu favor.

No todo el IVA que pagas se puede deducir. Hace falta una factura válida a nombre de tu actividad y que el gasto esté relacionado con ella; algunos gastos solo se deducen en parte, como los de un vehículo que no se usa solo para trabajar. En el recargo de equivalencia, el recargo que te cobran no es IVA deducible.

Por regla general, el IVA se declara en el periodo en que se devenga (normalmente, cuando se entrega el bien o se presta el servicio), no cuando se cobra. El régimen especial del criterio de caja cambia esto para quien lo elige.

A ingresar, a compensar o a devolver

ResultadoQué ocurre
A ingresarPagas la diferencia a Hacienda al presentar, con cargo en cuenta o con pago en la sede.
A compensarSi no pides la devolución, el saldo a tu favor no se pierde: se descuenta del IVA a ingresar de los periodos siguientes.
A devolverQuien no está inscrito en el registro de devolución mensual (REDEME) solo puede pedir la devolución del saldo en la declaración del último periodo de cada año (art. 115.Uno de la Ley del IVA). Los inscritos en el REDEME pueden pedirla cada mes.

Si en el trimestre no hay operaciones pero estás obligado a presentar, la declaración se presenta igualmente, aunque no haya cuotas (art. 71 del Reglamento del IVA).

Plazos de presentación

  • Primer trimestre (enero a marzo): del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre (abril a junio): del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre (julio a septiembre): del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre (octubre a diciembre): del 1 al 30 de enero del año siguiente.

Si el último día es sábado o un día inhábil, pasa al primer día hábil siguiente. Si domicilias el pago, el plazo puede ser distinto: consúltalo en la sede de la Agencia Tributaria. Presentan cada mes, en lugar de cada trimestre, quienes superaron los 6.010.121,04 € de volumen de operaciones el año anterior, los que piden la devolución mensual (REDEME), los grupos de entidades y los titulares de depósitos fiscales de hidrocarburos; para los acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII), el plazo es de treinta días. Fuente: artículo 71 del Reglamento del IVA.

Presentarlo fuera de plazo y sin requerimiento previo de Hacienda conlleva un recargo del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso sobre la cuota a ingresar; si pasan más de 12 meses, el recargo es del 15 % y se exigen además intereses de demora. El recargo se reduce un 25 % si se paga en los plazos que fija la norma (art. 27 de la Ley General Tributaria).

Cómo te ayuda LeeFactura

LeeFactura prepara el borrador del 303 de cada trimestre con las facturas que has subido y las que has emitido, incluidos los tickets del TPV: base e IVA repercutido, base e IVA soportado y el resultado. Enseña aparte el recargo de equivalencia, que no es IVA deducible, y avisa si detecta huecos en la numeración o proveedores habituales que no han llegado.

LeeFactura no presenta el modelo: te da el borrador y los pasos para presentarlo en la sede de la Agencia Tributaria, o se lo pasas a tu gestor. Revisa siempre el borrador antes de presentarlo.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta el modelo 303?

Cada trimestre: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero el cuarto trimestre. Si el último día no es hábil, pasa al siguiente día hábil.

¿Puedo deducir todo el IVA de mis gastos?

No. Necesitas una factura válida y que el gasto esté relacionado con tu actividad; algunos gastos solo se deducen en parte.

¿Qué pasa si el resultado sale negativo?

Sale a compensar, salvo que pidas la devolución: ese IVA a tu favor se descuenta en los periodos siguientes. Quien no está en el registro de devolución mensual solo puede pedir la devolución en la declaración del último periodo del año.

¿Tengo que presentarlo si no he facturado nada?

Si estás obligado a presentar las declaraciones periódicas, sí: se presentan aunque no haya cuotas que declarar (art. 71 del Reglamento del IVA). Consúltalo con tu gestor si tienes dudas.

Fuentes

Esta guía es información general y no sustituye el asesoramiento de un profesional: las normas cambian y cada caso tiene sus matices. Antes de tomar una decisión fiscal, consúltalo con tu gestor o con la Agencia Tributaria. ¿Ves algo desactualizado? Escríbenos a info@leefactura.es.

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